El Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) concede arancel cero o aranceles reducidos a los países beneficiarios. Los países menos desarrollados (LDCs, por sus siglas en inglés) generalmente reciben tratamiento preferencial para ciertos productos y reducciones arancelarias significativas.
Como se establece en la Resolución 21 (ii) adoptada en la II Conferencia de la UNCTAD en Nueva Delhi en 1968,
“…los objetivos del sistema generalizado de preferencias, sin reciprocidad ni discriminación, en favor de los países en desarrollo, con inclusión de medidas especiales en favor de los países de menor desarrollo relativo, deberían ser:
a) aumentar los ingresos de exportación de esos países;b) promover su industrialización; y
c) acelerar el ritmo de su crecimiento económico.»
Normativa de Origen del Régimen de Preferencias
A continuación podrá revisar los documentos en relación a normativa de Origen del Régimen:
- GUIA SGP-UE (The European Union’s Rules of Origin for the Generalized System of Preferences)
- SGP CONFERENCIA DE LAS N.U. MISV-25REV.3-ADD.1 (Generalized System Of Preferences Handbook On The Scheme Of The European Union)
- SGP UNION EUROPEA MISC-25-REV3 (Generalized System Of Preferences Handbook On The Scheme Of The European)
- REGLAMENTO 479-2008 SECTOR VITIVINÍCOLA (L 148/1 Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación es obligatoria)
- REGLAMENTO 555-2008 SECTOR VITIVINÍCOLA (L 170/1 Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación es obligatoria)
- REGLAMENTO No. 1063_NORMAS DE ORIGEN UE (Reglamento de Normas de Origen UE No 1063/2010)
- ANEXO 16 – UE (Elaboraciones Excluidas de la Acumulación Regional)
- PREFERENCIAS ARANCELARIAS 2015 SGP UE ( Mercancías que se Benefician del SGP de la Unión Europea)